EL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE RECUERDA A TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA VIGENCIA LA ORDENANZA 2941/11

Cartelería proselitista






La ordenanza 2941, en el artículo 19 inciso “E”, habla de la prohibición de acuerdo a ciertas condiciones para fijar carteles en distintos sectores de la vía pública.

En el marco de la campaña proselitista, el Municipio de Río Grande le recuerda a los partidos políticos la vigencia de la ordenanza 2941/11 la que establece claramente en su articulado 
“... Queda prohibido toda clase de inscripciones y/o fijaciones de carteles o anuncios de cualquier naturaleza, en muros, cercos, paredes de vivienda, columnas de alumbrados y señales de todo tipo, sin la autorización correspondiente del propietario o la autoridad de aplicación”…

Marcela Argüello, directora de Ecología y Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de la Producción, indicó que dicha normativa vigente  “hace referencia a los lugares específicos, donde está prohibido pegar todo tipo de cartelería.  Queremos la colaboración de los distintos partidos para que se interioricen y vean cuáles son los lugares permitidos, para evitar contaminación en la ciudad”.

“Lo que dice la ordenanza prácticamente es que no se pueden fijar carteles en espacios privados, sin la autorización del propietario, cuando la situación sea de incumplimiento se aplicarán las sanciones”, recordó la funcionaria.

“La idea es que se utilicen los espacios indicados y una vez terminada la campaña, pedir que lo que se haya utilizado, lo que se haya hecho en campaña, en gráficas, se retiren de los lugares donde se han colocado”, entendió la funcionaria.