Sumario por efluentes cloacales
En este sentido, el informe indica que la situación debe ser abordada por los profesionales de estas entidades, evitando que cuestiones técnico ambientales que se encuentran a cargo del Poder Ejecutivo Provincial deban ser atendidas por el Poder Judicial.
15 de Mayo 2019-En el marco del Expte.
14635-SD/2018 sobre presunta infracción al artículo 33 de la Ley Provincial de
Medioambiente N°55, mediante el cual se tramita el sumario administrativo
instruido mediante resolución S.A.D.S y C.C. N° 0421/2018 a la Municipalidad de
Río Grande, la sumariante Elizabeth Graciela Ruiz, Jefa de Departamento de la
Dirección General de Gestión Ambiental de la Secretaría de Ambiente, Desarrollo
Sostenible y Cambio Climático de la Provincia resolvió que no corresponde
sanción o multa al Municipio de Río Grande.
En las conclusiones
expresa que “no existe degradación irreversible” y que “el tratamiento de
vertidos en el cuerpo receptor con miras al cumplimiento de parámetros de calidad
de las descargas es una gestión que
corresponde al ente encargado de la construcción, instalación y operación de
plantas de tratamiento, acciones y obras que no le corresponderían al Municipio
de Río Grande por estar éstas asociadas a las redes troncales y no a las
redes de distribución que sí se encuentran a cargo del Municipio”.
También destaca que “el Municipio ha procedido a realizar obras
que se detallan en el presente informe, atendiendo a las prioridades sanitarias
y ambientales”.
Asimismo, establece
crear una comisión integrada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, el
Municipio de Río Grande y el ente
encargado de las redes troncales de efluentes cloacales de la provincia, la
DPOSS con el objeto de establecer las obras necesarias para remediar la
situación.
Esto en virtud que la problemática implica el mismo tratamiento que
se realiza en la ciudad de Ushuaia.
En este sentido, el informe indica que la situación debe ser abordada por los profesionales de estas entidades, evitando que cuestiones técnico ambientales que se encuentran a cargo del Poder Ejecutivo Provincial deban ser atendidas por el Poder Judicial.
En cuanto a las
responsabilidades del Municipio de nuestra ciudad, la sumariante sostiene que
se han encontrado vertidos que exceden los límites permisibles en descargas
pluviales producto de conexiones cloacales clandestinas que el Municipio deberá
controlar y solucionar. Al mismo tiempo reconoce el correcto funcionamiento de
la actual planta de tratamiento de líquidos cloacales que opera el Municipio.
Dando por terminadas
las actuaciones en relación con la investigación del sumario, Ruiz eleva al
Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, Mauro Pérez
Toscani el informe completo y el modelo de resolución correspondiente para
realizar los requerimientos al Municipio, a la DPOSS y conformar la comisión
tripartita.
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