Creación del registro de publicidad de venta de emprendimientos urbanísticos
13 de mayo 201-Así lo sostuvo el presidente del Concejo Deliberante en relación al proyecto que plantea la creación del registro de publicidad de venta de emprendimientos urbanísticos. En este sentido recordó que “en los últimos años Río Grande sufrió un acelerado crecimiento demográfico, posibilitando que se generen muchos emprendimientos urbanísticos, pero no todos cumplían los correspondientes trámites administrativos, generándoles a los adquirientes inconvenientes en relación a la ocupación y tradición legal del inmueble”.
En este sentido el presidente
del Concejo Deliberante señaló que “con este proyecto buscamos que cualquier
comercialización al público de lotes, parcelas y cualquier otro asimilable a
tales, deberán estar registrados en un registro, y tendrán que cumplir con una
serie de requisitos para publicitar o generar propaganda en relación a la venta
y comercialización que se difunda dentro de la ciudad”.
Asimismo marcó que “ante los
reiterados casos de ventas irregulares que han sufrido los vecinos a lo largo
de los últimos años, este registro generará la obligación de inscripción de
diferentes emprendimientos urbanísticos existentes en la ciudad, de manera de
brindarles seguridad jurídica, y que a futuro no les genere inconvenientes en
relación a la ocupación y tradición legal del inmueble en beneficio del vecino
adquiriente y con sus respectivos servicios esenciales”, remarcó el edil, al
tiempo que agregó que “por esta razón es necesario regular la publicidad que se
realiza sobre estos nuevos emprendimientos urbanísticos, para que todos los
futuros adquirientes accedan a una información real y fidedigna sobre el
negocio a llevar adelante”.
Además indicó que “se faculta
a la autoridad de aplicación a establecer por vía reglamentaria los tipos de
emprendimientos urbanísticos de acuerdo a las cantidades de lotes, parcelas y/o
unidades funcionales que surjan de los mismos”.
También Von der Thusen
manifestó que “la publicidad que se realice o se difunda dentro del Municipio
de Río Grande deberá precisar con claridad la ubicación exacta y todo elemento
necesario para la ilustración del comprador, graficar acorde a la realidad las
características de la zona de manera proporcional respecto a la ubicación, como
así también poseer en los folletos explicativos una reproducción del plano de
mensura y/o plano de obra vigente”.
Por último manifestó que “una
vez presentados los requisitos establecidos, la autoridad de aplicación dentro
del plazo de diez días hábiles procederá a registrar el emprendimiento
urbanístico, en caso de verificarse su cumplimiento, quedando el titular de
dominio, el Martillero o Corredor Público y la firma promotora autorizada para
realizar la publicidad o propaganda de la venta del mismo dentro del Municipio
de Río Grande, como así también observar la solicitud de registración en caso
de no verificarse el cumplimiento de los requisitos antes mencionados mediante
resolución fundada”.
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