El criterio de la gobernadora a la hora de vetar el proyecto de ley fue acompañado por la Ministra de Educación Sandra Molina, quien consideró que “el artículo 9 del proyecto nos parece discriminatorio, y le quita derechos a los alumnos”.
El cuestionado artículo 9 del proyecto de ley dice con respecto a las sanciones que “…podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula.” De lo interpretado por la Gobernadora y la Ministra de Educación, se resolvió devolver a la legislatura provincial el proyecto de ley para su revisión.
De acuerdo a los principios declarados en la constitución provincial, el estado tiene la obligación de garantizar la educación de las personas, ya que según el artículo 57 “la educación es un cometido esencial, prioritario e indeclinable del estado, considerado como un deber de la familia y la sociedad”. Dentro del mismo artículo también se define la intención del estado para con el desarrollo de las personas dentro del ámbito educativo, “con la participación crítica y reflexiva del educando, que le permita elaborar su escala de valores tendientes a cumplir con su realización personal, […] para la conformación de una sociedad democrática, justa y solidaria”.
Desde la Dirección Provincial de Políticas Socio-educativas del Ministerio de Educación, se trabaja en los establecimientos educativos con los programas nacionales de Convivencia Escolar, Mediadores por la Paz y con los espacios de discusión creados a nivel nacional, trabajando en conjunto con el Observatorio Argentino de Violencia en las Escuelas, que tiene como objetivo el estudio de la temática de la violencia en las escuelas.
SUR 54
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