Aseguran que la Ley de Fertilización Asistida se cumple en una sola provincia:CHUBUT


Mano bebéLa Ley Nacional de Fertilización Asistida se sancionó hace tres meses, luego de muchos años de lucha de las asociaciones de pacientes. Sin embargo, todavía hay problemas en su implementación. 
Según publicó el diario Clarín, la única provincia que adhirió a la Ley fue Chubut, y en las Provincias de Santa Fe y Buenos Aires, que ya contaban con leyes provinciales, tienen media sanción proyectos de adecuación. En varias de las provincias se está tratando el tema en sus respectivas legislaturas.
A un mes de la publicación de esa nota, consultamos a los representantes de Sumate a Dar Vida, asociación de pacientes con dificultades para concebir, y ellos nos aclararon lo siguiente:
Vigencia de la Ley: La Ley Nacional Nº 26.862 de Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida (sancionada el 5 de Junio del 2013) y su Decreto Reglamentario 956/2013 (dictado el 19 de julio de 2013) se encuentranvigentes. Es decir que, todos los sujetos obligados tienen que brindar la cobertura de las tratamientos, sin demoras.
Sujetos Obligados: Las entidades obligadas a cumplir con la Ley Nacional y su Decreto Reglamentario son las siguientes:
• Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud enmarcados en las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 (Obas Sociales)
• Entidades de Medicina Prepaga (Ley Nº 26.682)
• Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032)
• Obras Sociales Universitarias (Ley Nº 24.741)
• Obra Social del Poder Judicial de la Nación
• Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación
• Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas
En lo que respecta al sector público de Salud y las obas sociales provinciales es necesario que la provincia dicte su adhesión (porque la salud es una facultad no delegada en la Nación) y destine el presupuesto correspondiente.
Situación Legislativa en las Provincias: La Ley nacional no deroga leyes provinciales. Para el caso de las provincias que ya tenían una Ley provincial, la misma debe ser derogada oadecuada por el mismo órgano que la dictó.
La provincia de Chubut sancionó su Ley de adhesión el 22/8/2013. SEROS (Obra Social de la provincia) dictó su resolución interna y comenzó a cubrir desde el 1ro de octubre.
La provincia de Santa Fe sancionó su Ley de adhesión el 19/9/2013, y la provincia de La Rioja el 3/10/2013, sin embargo, todavía no hubo reglamentación, por lo que no se están cubriendo tratamientos.
El Senado de la provincia de Buenos Aires el 12/9/2013, dio media sanción al proyecto deadecuación de la ley 14.208 a la Ley Nacional de Fertilización Asistida (26.862).
La Cámara de Diputados de la provincia de Entre Ríos, el 11/9/2013 dió media sanción al proyecto de Ley de adhesión.
En CatamarcaLa PampaMendozaSan JuanTucumán, y el resto del país, los grupos de pacientes están trabajando activamente para lograr las adhesiones.
Establecimientos habilitados: Al 9 de octubre de 2013 son 71 los establecimientos que han cumplido con los requisitos de habilitación. Sin embargo, eso no significa que uno se pueda atender en cualquiera de ellos, indistintamente. Al igual que para otras prestaciones de salud, cada uno deberá acercarse a su obra social o prepaga y consultar respecto de las condiciones y requisitos para la cobertura de los tratamientos de fertilización asistida. Allí deberán indicarles a qué profesionales y establecimientos pueden recurrir en cada caso.
Medicación: La Ley no dispone expresamente cuál es el alcance de la cobertura en relación a la medicación necesaria para los tratamientos. Algunas entidades consideran que al no existir una disposición expresa, resulta aplicable la cobertura que establece el PMO para la medicación en general (40%). Sin embargo, Sumate a Dar Vida entiende que la medicación es parte integral del tratamiento y, por lo tanto, debe cubrirse al 100%, al igual que todos losestudios de diagnóstico y tratamientos complementarios destinados al éxito del mismo. Esta interpretación ha sido bien recibida por la Superintendencia de Servicios de Saludque lleva adelante los reclamos por falta o deficiencia en la cobertura.
En conclusión: la Ley está en plena vigencia, y la mayoría de las obras sociales yprepagas están en la obligación de cubrir los tratamientos. Las obras sociales que dependen de los gobiernos provinciales deben esperar la adhesión de su provincia a la ley Nacional. Sin embargo, los pacientes reportan que obras sociales y prepagas están poniendo trabas para demorar el cumplimiento. Ante esta situación, las asociaciones de pacientes recomiendan iniciar los reclamos pertinentes en la Superintendencia de Servicios de Salud.